jueves, 19 de junio de 2014

NUEVO MANUAL DE COTIZACIÓN


Hace unos días, algunos medios de comunicación nos informaban de otra “futura” modificación. En este caso es la Tesorería General de la Seguridad Social la que tiene previsto instalar un nuevo sistema de facturación de las cotizaciones sociales a la empresa en lugar del sistema autoliquidatorio que tenemos ahora.
El nuevo sistema de facturación directa comenzara en octubre de 2014, con las empresas que elija la TGSS, para ello estas deberán de estar inscritas en el Régimen General, tener modo de pago normal, y no contar con empleados públicos. A partir de ese momento la implantación será progresiva mes a mes y se prevé que el sistema estará completamente implantado en julio de 2015.

El nuevo procedimiento de pago se realizara de la siguiente forma:
  1. El empresario recibirá una notificación de que debe incorporarse al nuevo sistema.
  2. El empresario en el momento que recibe la notificación, solicitara a la TGSS entre los días primero y penúltimo al natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores.
  3. La incorporación se producirá a partir del día primero del mes siguiente al que se notifique a la empresa su obligatoriedad de hacerlo
  4. El pago se gestionara a través del actual sistema de comunicación electrónica RED
La facturación de las cuotas a la Seguridad Social de las empresas se realizara.
  • De oficio entre los días 24 y 28 del plazo reglamentario de ingreso y diariamente a partir de este día y hasta el penúltimo día natural de dicho plazo. El empresario podrá solicitar que se le facture en cualquier momento, sin tener que ser entre los días 24 y 28.
  • Facturara con la información:
    • Que conste en su bases de datos
    • Que pueda recabar de otros organismos
    • Que debe de aportar el empresario: esta será la que no tenga la TGSS en sus bases de datos (nuevas bases de cotización, horas extras…)
  • En el momento que la TGSS disponga de la información necesaria para hacer el cálculo, emitirá un borrador de la factura para su confirmación, por parte de la empresa, esta a demás podrá solicitar la liquidación con anterioridad para verificar los datos que tiene la TGSS.
El ingreso de la factura se realizara, en principio:
  • A través de cargo en cuenta o pago electrónico y  desaparecen los actuales boletines de cotización.
Para evitar que haya problemas, es recomendable solicitar la factura durante los primeros días con el fin de que la empresa pueda comprobar la  facturación y si existe algún error subsanarlo lo antes posible.

A pesar de que se pretende  que se puedan realizar todos los trámites de forma telemática para evitar que las personas físicas se presenten en la Administración, parece ser que al principio  no se podrán realizar actuaciones desde dispositivos móviles (ipad, tablets smartphones etc.).

Al parecer con esta nueva medida se pretende llevar un control más exhaustivo de todas las modificaciones que realizan las empresas en materia laboral y de Seguridad Social, además también se pretende agilizar los trámites.

Bajo mi punto de vista, quizá pueda resultar al principio complicado debido a que haya datos que, por desconocimiento o por otro motivo, no se comuniquen correctamente a la TGSS y esta incurra en error a la hora de emitir las facturas. Es por ello, que a mi parecer, el plazo de implantación debería  de ser mayor, para que a las empresas les pueda dar tiempo a familiarizarse con el nuevo método y así evitar errores y colapsos en la TGSS.

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