Actualmente, con la crisis que
estamos viviendo, muchos son los trabajadores que se encuentran despedidos y
tienen que solicitar a FOGASA las cantidades que se le han adeudado.
Recordemos antes de seguir
adelante que FOGASA, es el organismo adscrito al Ministerio de Trabajo
encargado de abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de
pago a causa de insolvencia o concurso del empresario para el que presten sus
servicios.
Es importante saber que el FOGASA
establece unos límites, por lo que es bastante probable que al trabajador que
le han adeudado unos salarios y una indemnización no va a recuperar la
totalidad de la deuda.
Estos límites, como ya dije en
anteriores post, cada vez son menores, lo cual hará que el trabajador además de
quedarse sin trabajo y con una deuda, no vaya a recuperar todo el dinero y más
si la empresa es declarada insolvente, como ocurre en la mayoría de los casos.
Los límites que se han establecido son:
Para salarios dejados de percibir:
Doble del Salario Mínimo
Interprofesional por 120 días = 6.010,80 EUROS
Para indemnizaciones:
Una anualidad sin que el salario
diario, base del cálculo, pueda exceder del doble del Salario Mínimo
Interprofesional, con pagas extras sobre la base de treinta días por año de
servicio.
Por tanto se traduce en que el
importe máximo de la indemnización es de 18.282,85
Para empresas de menos 25 trabajadores que hayan despedidos antes del 1 de enero de 2014
FOGASA hace efectivo una parte de
la indemnización legal, equivalente a 8 días por año de servicio,
prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, cuando se extinga la
relación laboral en virtud de despido colectivo u objetivo conforme a los
artículo 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores o artículo 64 de la Ley
Concursal, sin necesidad de acreditar la situación de insolvencia o procedimiento
concursal.
Por tanto se traduce en que el
máximo que abonara FOGASA será de 7.313,14 euros
Desde el 1 de enero de 2014, las empresas de menos de 25 trabajadores que realicen despidos objetivos deberán de asumir la totalidad de la indemnización en lugar de los 12 días que asumían antes de la entrada en vigor de esta medida.
Desde el 1 de enero de 2014, las empresas de menos de 25 trabajadores que realicen despidos objetivos deberán de asumir la totalidad de la indemnización en lugar de los 12 días que asumían antes de la entrada en vigor de esta medida.
Además de la bajada de los
limites, el trabajador también se encuentra con que este organismo está
colapsado, lo que se traduce en que el trabajador no sabe cuándo va a poder
cobrar las cantidades adeudadas y además puede ocurrir que ya haya finalizado
su prestación por desempleo, lo cual hace que no dispone de ingresos para afrontar
su situación familiar y de esta forma se llegan a generar, en algunas familias,
situaciones realmente dramáticas.
Para hacernos una idea de la situación por la que atraviesa este organismo,
según nos explicaba el diario “El País”,
en diciembre del pasado año había unos 40.000 expedientes a la espera de
ser tramitados.
Es cierto que desde que comenzó la “crisis económica” se ha visto un
notable crecimiento de los Expedientes de Regulación de Empleo.
Antes se resolvían en un plazo medio de tres a cuatro meses, ahora se tarda
más de un año, incluso 2 años.
Al Ministerio de Trabajo se le ha ocurrido la idea de contratar personal
externo, de la empresa pública Tragsatec para “acelerar el proceso” y realmente
con esta medida no se acelera, puesto que las personas de esta empresa no son
conocedoras de la materia, a pesar de que se han formado con un curso de un par
de semanas.
Lo curioso es que cada vez que se pregunta en las distintas Delegaciones de
FOGASA por el estado de los expedientes no se facilita información, porque ni
ellos la tienen y lo que hacen es remitir a la empresa Tragastec, que luego
esta empresa no puede decir nada, porque según ellos no están autorizados, y te
remiten a la central de FOGASA en Madrid donde allí ya ni siquiera atienden ya
que solo hay un contestador automático diciendo la empresa que tiene estos
expedientes.
Para más a más, se han dado casos, en concreto en la Delegación de
Zaragoza, que han resuelto, (bien por error o porque era lo más cómodo para el
funcionario de turno) en primer lugar los que han llegado por correo
electrónico, sin tener en cuenta que estos pudieran haber llegado más tarde que
los que se han presentado en la oficina. Es curioso pero desde las propias
oficinas de las distintas ciudades lo que aconsejan es realizar una reclamación
para ver si es posible frenar de algún modo esta situación porque ellos no
tienen conocimiento de cuando se van a tramitar estos expedientes.
Con todo lo que estamos viviendo, uno se pregunta si realmente son tan
efectivas todas las reformas que ha ido planteando el ejecutivo, porque de ser así,
no habría tantos cierres y por tanto no habría este cumulo de expedientes. En
este punto de FOGASA es más que obvio que no se está obrando bien y por
supuesto no se está teniendo en cuenta los daños que se le ocasiona a este
trabajador que aun encima de quedarse sin trabajo no se le abona este derecho.
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