martes, 4 de febrero de 2014

REFORMAS EN LAS MUTUAS

A  finales del pasado año el Gobierno aprobó un anteproyecto de Ley de las Mutuas en las que se les asigna más capacidad, con la finalidad de acabar con la elevada tasa de absentismo laboral que tenemos en España.
Según publicaciones de distintos medios, la lista de días perdidos por absentismo, como ya he dicho anteriormente, la encabezamos los españoles, tal y como se detalla a continuación:
  • España:     11,4 días al año por trabajador
  • Finlandia:    8,4 días al año por trabajador
  • Dinamarca:  7,0 días al año por trabajador
  • Canadá:      6,8 días al año por trabajador
  • EEUU:        4,9 días al año por trabajador

Con esta medida las Mutuas:
  • Llevaran  a cabo el seguimiento de la prestación de Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes desde el primer día de la baja
  • Realizaran el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común " desde el primer día de la baja".
  • Formularan, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica "motivada", al igual que ocurre actualmente, con la diferencia de que actualmente el plazo para que conteste  el Servicio Público de Salud es de 15 días mientras que ahora va a pasar a 5 días si acepta o por el contrario rechaza la propuesta de alta que ha hecho la mutua.
  • Si en dicho plazo no se les notificara a las mutuas el parte de confirmación de baja, se considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación. En ese caso, tanto el médico como el trabajador pueden recurrir la decisión de la mutua al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que dispone de otros cinco días para resolver la cuestión.

El Ante proyecto hace especial hincapié  en que  las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social.

Una de las principales razones que impulsan al Ejecutivo a esta reforma, como ya he dicho anteriormente, es el alto índice de Absentismo Laboral, el cual se traduce en un importante coste económico.

Además de la citada reforma, hace unos días el Gobierno se hacía eco de otra reforma que pretende que las Mutuas se queden exclusivamente con la parte pública y les pone cómo fecha límite hasta el 31 de diciembre de 2014 para que vendan la parte privada de su actividad, es decir la de Prevención.

Antes de seguir adelante conviene decir que hasta de ahora las mutuas tienen como funciones principales:
  • Colaboración en la gestión de las contingencias derivadas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional
  • Colaboración en la gestión de prestaciones económicas por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes

Y  con la llegada de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se les encomendó también:
  • La función de actuación como servicios de Prevención  Ajeno  para las empresas a ellas asociadas, este servicio, es un servicio privado de ellas.

Con esta medida el Gobierno pretende que:
  •  Recuperen los 40 millones de deuda que tienen las Mutuas con la Seguridad Social
  • Dejen de utilizar medios públicos para fines privados
  • Eliminen situaciones de competencia desleal con la Seguridad Social
  • Las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a las correspondientes del sector público.
  •  Presten más atención a sus funciones como entidades públicas colaboradoras de la Seguridad Social.

Se puede decir que ambas reformas están enlazadas, ya que de esta forma se podrá llevar a cabo una labor más “persecutoria”,  lo cual hará que disminuya el índice de absentismo laboral.

Con estas reformas el Ejecutivo persigue distintos fines:
  • Recaudatorio , ya que con la:
    • Venta la Seguridad Social espera recuperar su deuda
    • Reforma del régimen jurídico de las mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales permitirá ahorrar alrededor de 500 millones, en buena medida por la disminución del alto índice de absentismo laboral Ajuste salarial entre los altos cargos de las Mutuas con los funcionarios.
  • Facilitar el acceso a las prestaciones por cese de actividad de los autónomos, (prestación que gestionan las mutuas),  ya que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta propia (en 2012 el 82% de las solicitudes fueron rechazadas).
  • Se aprovechen todos los recursos que brindan las mutuas, según datos del Gobierno actualmente el 40% de los mismos esta sin utilizar.
Para finalizar, bajo mi punto de vista, he de decir que con ambas cuestiones el objetivo final sigue siendo puramente recaudatorio;  lo cual está muy bien en estos momentos en que la seguridad social no goza de buena “salud económica”, pero alguien se ha parado a pensar en:
  1. Los trabajadores que trabajan en el Servicio Privado de Prevención de las Mutuas, ¿Qué va a pasar con ellos cuando se venda estos servicios? 
  2.  Si es buena esa labor “perseguidora” para los trabajadores que sufran de fuertes dolencias y ¿Cómo afectara a su recuperación?

Por tanto antes de plantear estas medidas deberían de darse respuesta a otras preguntas


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