lunes, 13 de mayo de 2013

AUDITORIA LABORAL...


En primer lugar hay que definir lo que es “auditoria laboral”, es la actividad, realizada por un profesional cualificado e independiente, consistente en analizar, mediante la utilización de las técnicas de revisión y verificación idóneas, la adecuación socio-laboral a la normativa legal y convencional deducida de los documentos examinados, y que tiene como objeto la emisión de un informe dirigido a poner de manifiesto su opinión responsable sobre dicha adecuación, así como la fiabilidad de la información que se desprende de la documentación analizada, a fin de que se pueda conocer y valorar dicha información. Dicho de forma coloquial, se trata de realizar un exhaustivo análisis de la situación laboral y seguridad social de la empresa auditada.
Conociendo la situación económica que vivimos uno se puede llegar a preguntar ¿a quien le puede interesar y porque realizar un desembolso económico en una auditoria que no es obligatoria? Pues bien, tras revisar distintas auditorias ya realizadas y analizar todo el proceso se ve claramente que es interesante para:
  • Directivos y administradores de la propia empresa: puesto que el  resultado de la auditoría les va a indicar si la dirección y el control que se ha estado realizando es lo más idóneo posible y de esta forma les proporciona unos valores que les ayudan a la hora de tomar las distintas decisiones en la empresa.
  • Propietarios y accionistas: De esta forma se cercioran de que la dirección y el control de su empresa se lleva de forma eficiente y se ajusta a lo establecido legalmente.
  • Inversores de capital y entidades de crédito: Permite conocer como se encuentra la sociedad antes de llevar a cabo la inversión.
  • Administración pública: Exigen conocer la situación laboral de la empresa antes de asignar un concurso de obras, de servicios o de suministros.
  • En los procesos judiciales: herencias, ventas, separación de socios, asociación y fusiones de empresas, puede resultar de utilidad la realización de una auditoría, total o parcial según los casos.
Dentro de la Auditoria Laboral se pueden dar distintos tipos, en función de los documentos y materias que se vayan a analizar:
  • Auditoría socio-laboral  general de un periodo temporal determinado. 
  • Trabajos de revisión y verificación parcial de materias, estados o documentos específicos. 
A día de hoy no existe ninguna regulación legal específica sobre los procedimientos, etapas o requisitos a seguir en el desarrollo de la auditoria laboral,  por lo que habrá que atenerse a las normas técnicas de la auditoría contable validas para este tipo de auditoría, que serán las que constituyan los principios y requisitos que deba de tener en cuenta el auditor a la hora de realizar su trabajo.
Es cierto que a pesar de no existir regulación legal si que existe el CENTRO EUROPEO DE AUDITORIA LABORAL (CEAL). Es una asociación privada de profesionales que regula las auditorias laborales que se llevan a cabo a nivel nacional.
Una vez realizada toda la auditoria el auditor emitirá un informe con uno de los siguientes tipos de opinión:
Opinión favorable: El auditor manifiesta de forma clara y precisa la adecuación socio-laboral de la entidad auditada a los principios y normas socio-laborales de aplicación.
Opinión con salvedades: El auditor concluye que existen una o varias de las siguientes circunstancias:
  • Limitación al alcance del trabajo realizado.
  • Errores o incumplimiento de los principios y normas socio-laborales de aplicación.
  • Omisiones de información necesaria.
  • Incertidumbres cuyo desenlace final no es susceptible de una estimación razonable.
 Opinión desfavorable: Supone manifestarse en el sentido de que la situación socio-laboral tomada en su conjunto no se adecua  en la entidad auditada a los principios y normas socio-laborales de aplicación. Para que el auditor llegue a expresar una opinión como la indicada, es preciso que:
  • Haya identificado errores
  • Exista incumplimiento de principios y normas socio-laborales, incluyendo defectos de presentación de la información, que, a su juicio, afectan a la situación socio-laboral en una cuantía o concepto muy significativo o en un número elevado de materias que hacen que concluya de forma desfavorable.
  • Exista incertidumbres o cambios de principios y normas socio-laborales, el auditor detallará estas salvedades en su informe.
Opinión denegada: Cuando el auditor no ha obtenido la evidencia necesaria para formarse una opinión sobre la adecuación socio-laboral tomada en su conjunto, debe manifestar en su informe que no le es posible expresar una opinión sobre la misma; Puede darse cuando exista
  • Limitaciones al alcance de la auditoría,
  • Incertidumbres, de importancia y magnitud muy significativas que impidan al auditor formarse una opinión.
Para el cliente que ha encargado la auditoria, estos informes de opinión van a ser fundamentales, puesto que serán los que le:
  • Den la clave de cómo se encuentra su empresa tanto a nivel de rentabilidad como a nivel de cumplimiento legal.
  • Dispongan  a  tomar las decisiones más idóneas.
 
 

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