domingo, 24 de marzo de 2013

RECORTES EN FOGASA…

Cada día es más común que cuando una empresa despide a sus trabajadores, bien por cierre o por otra circunstancia, le adeude  nóminas e indemnización. El trabajador ante esta situación se ve en la obligación de poner una reclamación de cantidades, demandas….; pero claro si la empresa además está declarada insolvente y no tiene activos para poder pagar, complicado es que se pueda cobrar la deuda…

Ante esta situación al trabajador le queda la vía de FOGASA (Fondo Garantía Salarial), en términos generales, podemos decir que es un organismo que se encarga  del abono de una parte de los salarios, indemnizaciones por despido o extinción pendiente de pago por insolvencia o concurso de acreedores de la empresa.
Al igual que todas las “prestaciones” a las que podía tener acceso el trabajador por encontrarse en unas determinadas situaciones han sido modificadas o porque no decirlo reducidas.

Prueba de ello es el siguiente cuadro comparativo:
TOPES PRESTACIONES FOGASA POR DESPIDOS CON DECLARACION  DE INSOLVENICA, QUIEBRA, SUSPENSION DE PAGOS O CUNCURSO DE LA EMPRESA




Conclusión, además de encontrarte desempleado y con una deuda, te das cuenta de que si existía una posibilidad de que este organismo te reembolsara una parte más  menos importante de la deuda (dependiendo de la cuantía del salario), con estas modificaciones cada vez es más complicado.  

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