domingo, 24 de marzo de 2013

HECHA LA LEY HECHA LA TRAMPA

Desgraciadamente nos encontramos en un momento en el que el número de desempleados es elevadísimo, y no solo eso sino que además muchos parados ya han agotado su prestación por desempleo como consecuencia de la enorme crisis económica que vivimos.

En el mejor de los casos cuando, una vez finalizada la prestación por desempleo, encuentras un trabajo suele ser eventual, puesto que ahora rara vez las empresas se aventuran a hacer un contrato indefinido.  

Una situación que hace reflexionar es, que ocurre cuando un trabajador tiene baja médica, su relación laboral finaliza por causas ajenas a él y sigue con la baja. Bueno pues la respuesta variara dependiendo de si el trabajador tiene derecho a desempleo o no.

En caso de que el trabajador disponga de prestación por desempleo:

·         Baja por enfermedad común: El trabajador seguirá cobrando la baja y el INEM le descontara los días de la baja de la prestación por desempleo.

·         Baja por enfermedad profesional o accidente de trabajo: El trabajador seguirá cobrando la baja y el INEM no le descontara ningún día de la prestación por desempleo.

En caso de que el trabajador NO disponga de prestación por desempleo:

·         Baja por enfermedad común: El trabajador seguirá cobrando la baja y el INEM no le descontara nada, puesto que no tiene derecho a prestación.

·         Baja por enfermedad profesional o accidente de trabajo: El trabajador seguirá cobrando la baja y el INEM no le descontara ningún día de la prestación por desempleo.

 
Otro caso de no descuento de prestación es el caso en el que un trabajador estando cobrando la prestación por desempleo sufre una dolencia causada por una baja por accidente de trabajador o enfermedad profesional sufrida estando trabajando, es decir lo que se le llama recaída.

Bajo estas premisas, se puede pensar en que la Ley no es del todo justa; si en el caso del que no tiene prestación por desempleo no se descuenta nada, puesto no hay nada para descontar; ¿porque en el que si que hay si se descuenta? La única respuesta que cabe es por favorecer al que menos tiene…

Por otra parte cabe hacer otra reflexión, y son las múltiples posibilidades de cometer fraude, es decir, una persona que va a finalizar su contrato de trabajo y además no tiene derecho a desempleo, puede pensar “¿por qué no cojo la baja antes de  que finalice mi relación laboral y así puedo seguir teniendo ingresos?. Es cierto que para que ello ocurra el médico debe de facilitar la baja, pero en la mayoría de los casos los médicos son bastantes permisivos a la hora de dar las bajas.

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