Desde que comenzó la crisis, han
sido muchas las reformas que se han ido realizando, aunque cierto es que desde
el 2010 quizá el ámbito de la normativa laboral haya sido el que más se ha
modificado, todo ello con la esperanza de
agilizar las condiciones laborales y de esta forma no destruir más
empleo. A pesar de todas estas reformas
no se ha llegado a alcanzar el factor más importante que es la creación de
empleo para poder salir de la crisis económica que nos azota.
Con la reforma del 2012,
RD3/2012, se han flexibilizado las condiciones laborales, (jornada, salario…)
con la idea de descargar económicamente al empresario, y así de esta forma mantener
los puestos de trabajo sin necesidad de destruir empleo. Pues bien, tampoco se
ha conseguido el propósito que se perseguía inicialmente, ya que en la mayor
parte de los casos, se ha tomado como una forma de “flexibilizar y abaratar” el
despido, y así rebajar los costes laborales, por lo que se ha destruido más empleo del
esperado.
Durante el año en curso ya han
sido varios los Reales Decretos que se han creado con la finalidad de activar
el empleo:
- Con el RDL 11/2013 las medidas estaban principalmente destinadas a los autónomos y a las PYMES.
- El más reciente, RDL 14/2013: con este RD, se intenta beneficiar a:
- Todas las empresas con independencia de su tamaño y etapa del ciclo empresarial
- Los nuevos emprendedores
- Educación en emprendimiento
- Emprendedor de responsabilidad limitada
- Sociedad Limitada de Formación Sucesiva
- Inicio de la actividad emprendedora
- Acuerdo extrajudicial de pagos
- Apoyos fiscales y en materia de S.S.
- Apoyo a la financiación de los emprendedores
- Apoyo al crecimiento y desarrollo de los proyectos empresariales
- Internalización de la economía española
- La obligación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a poner a disposición de las empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un libro de visitas electrónico por cada uno de sus centros de trabajo en el que los funcionarios actuantes, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación.
·
Se ejercerá un mayor control sobre las
diligencias que se produzcan o se hayan producido.
·
A la
empresa se le libera de la obligación de tener y de poner a disposición de los
funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los
funcionarios técnicos habilitados, un
Libro de Visitas,
2. La
otra novedad esta en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Se incrementa
el número de trabajadores para que el Empresario pueda asumir la Prevención de
Riesgos Laborales.
Antes se establecía
que “…en las empresas de hasta diez trabajadores, el empresario podrá asumir
personalmente las funciones de prevención de Riesgos Laborales, siempre que
desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la
capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los
trabajadores y la peligrosidad de las actividades, con el alcance que se
determine en las disposiciones a que se refiere el artículo 6.1.e) de esta Ley”.
El RDL14/2013 amplia este articulo estableciendo “… La misma posibilidad se
reconoce al empresario que, cumpliendo tales requisitos, ocupe hasta 25
trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de
trabajo…”.
Esta medida para los empresarios
va a resultar muy beneficiosa, puesto
que no van a tener que contar con un servicio de Prevención, lo cual supone
para ellos ahorro. Ahora bien uno se pregunta ¿realmente todos los empresarios
de empresas de hasta 25 trabajadores están preparados para llevar a cabo una
prevención? ¿y lo que es más importante, como va a afectar a los trabajadores?
Como cierre a este post hay que
decir que la “nueva Ley de Emprendedores”:
- Es una Ley generalmente encaminada hacia el autoempleo
- A la hora de aplicar los beneficios, tanto bonificaciones como subvenciones, se aplica a todas las empresas sin discriminación de tamaño, como ocurría anteriormente con otras leyes.
- Se sigue echando en falta más medidas para mantener los puestos de trabajo por cuenta ajena sin necesidad de rebajar los derechos de los trabajadores.
- En el caso de los mayores de 45 años, se puede decir que es uno de los segmentos más afectados por el desempleo, sin embargo cuando se lee esta Ley te das cuenta que no se le ha prestado toda la atención que merece.
- La mayor parte de los puntos que benefician a la empresa en cuanto a reducción de costes, perjudican al trabajador; como es el citado punto de la prevención de Riesgos Laborales.
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