miércoles, 20 de marzo de 2013

PRIVILEGIOS SINDICALES


Nos encontramos en un momento, en el que se están llevando a cabo reiteradas  reformas en nuestra legislación (bien sea en materia laboral, fiscal, o de otro índole) con el fin, según nuestros dirigentes, de “mejorar el empleo, la economía,  evitar fraudes…”.

Si “echamos un vistazo” tanto a la legislación laboral como sindical se pueden ver todos los privilegios que disfrutan los sindicatos. Un ejemplo puede ser las garantías que establece el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, entre las más llamativas se encuentran:

“Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, las siguientes garantías
  • Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.
  • No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato.”   

No es razonable que surjan estas desigualdades entre los trabajadores, solo por el hecho de pertenecer a una sección sindical, pero lo que todavía tiene menos lógica es que un trabajador que ya no pertenece a una sección sindical durante el año siguiente a la expiración de su mandato no se le pueda despedir ni sancionar. Un ejemplo muy claro es el de dos trabajadores en una misma empresa con igualdad de condiciones laborales, salvo que uno pertenece al comité de empresa o es delegado de personal y el otro no; en caso de que se produzca un expediente de regulación de empleo o un despido, el delegado sindical no formara parte de ello mientras que el otro trabajador si, gastando de esta forma días de desempleo (si es un expediente de suspensión) o lo que es peor, pasara a ser un parado.
Es curioso,  que esta materia no haya sufrido ninguna modificación, siendo que las últimas reformas, y en concreto RD 3/2012, se han caracterizado por la flexibilización de los derechos de los trabajadores. Por tanto tras este análisis uno puede llegar a pensar si detrás de estas “garantías” ¿no hay una sombra fraudulenta o un simple trato de favor de los gobiernos hacia los sindicatos?.

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